¿Quién debe pagar la Seguridad Social en el contrato de una empleada de hogar? (adaptado a la nueva normativa)


La cotización en la Seguridad Social en el caso de los Empleados de Hogar se pagará conjuntamente tanto por el empleado como por el empleador, según las disposiciones del régimen regulador.  Es decir, el pago a la Seguridad Social será conjunto y proporcional siempre dentro de los marcos legalmente establecidos. Será el empleador quien realice el ingreso. Si la empleada de hogar trabaja menos de 80 horas mensuales será ella la que debe darse de alta y cotizar por ella misma.

Así, a partir del año 2012 el tipo de cotización será el 22 por ciento, siendo el 18,30 por ciento a cargo del empleador y el 3,70 por ciento a cargo del empleado. Desde el año 2013 hasta el año 2018, el tipo de cotización se incrementará anualmente en 0,90 puntos porcentuales, fijándose su cuantía y distribución entre empleador y empleado. A partir del año 2019, el tipo de cotización y su distribución entre empleador y empleado serán los que se establezcan con carácter general, en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado, para el Régimen General de la Seguridad Social.

Según la nueva normativa, Real Decreto 1620/2011 de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, en cuanto al salario mínimo de la empleada  ha de establecerse en caso de la jornada de trabajo completa, siendo la prestación de este servicio por horas remunerada por precio/horas. El salario mínimo establecido por el Real Decreto 1424/1985 por los datos y del 2009 es 624 euros al mes. Si se trabaja por horas el salario es 4,89 euros por hora. Hay que decir que el salario puede ser mejorado, nunca empeorado, ya que daría lugar a la nulidad del contrato o el abono de las cantidades legalmente previstas. Cada semestre se ha de pagar a la empleada dos pagas extraordinarias que serán como mínimo de 15días de trabajo (o sea 312 €). 

En caso de que la empleada reciba prestaciones en especie, es decir se aloje en la casa donde trabaja, etc., se podría rebajar el salario hasta un 45%, es decir, hasta 280 euros. 

1 comentario:

  1. Baya salario quien ba poder seguir adelante con 645€asi como pagan poco por el trabajo asi deberian rebajar los alquileres y las.demas cosas por seguimos jodiso espesialmente nosotros los pobrez

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